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Reglamento Docente Metodológico Educ Superior (Julio 2007)

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RESOLUCIÓN No.

 

POR CUANTO:
 
El que resuelve fue designado Ministro de Educación Superior por Acuerdo del Consejo
de Estado con fecha 9 de junio de 2006.
 
POR CUANTO:
Corresponde al Ministerio de Educación Superior dirigir normativa y metodológicamente
en lo que le corresponde, la política del Estado y el Gobierno en cuanto a la Educación Superior, según lo
establecido en el Apartado Segundo del Acuerdo No. 4001 de 24 de abril de 2001 dictado por el Comité
Ejecutivo del Consejo de Ministros.
 
POR CUANTO:
 
El Apartado Tercero, numeral 4 del Acuerdo 2817 del 21 de abril de 1994 dictado por el
Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, faculta al que resuelve para dictar en el límite de sus
facultades y competencias, reglamentos, resoluciones y otras disposiciones para el sistema del
organismo.
 
POR CUANTO:
 
La universalización de la educación superior caracteriza el sistemático proceso de
transformaciones que ha tenido lugar en este nivel de enseñanza, dando lugar al surgimiento de distintas
modalidades de estudio: los cursos regulares diurnos, los cursos regulares para trabajadores y la
educación a distancia. A estas modalidades de estudio se une a partir del curso 2001-2002, la
denominada Continuidad de Estudio, en respuesta a los diferentes programas sociales que en esta última
etapa se desarrollan en el país como parte de la Batalla de Ideas. Esta modalidad ofrece nuevas y
mayores perspectivas de ampliación del acceso a la educación superior.
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